La Directiva 79/117/CEE del Consejo prohibió la salida al mercado y la utilización de productos fitosanitarios que contuvieran compuestos de mercurio. Por lo tanto, todas las autorizaciones de productos fitosanitarios que contenían compuestos de mercurio fueron revocadas y, por lo tanto, todos los LMR se fijaron en el límite de determinación (LD) pertinente.
La Comisión recibió información de explotadores de empresas alimentarias y de los Estados miembros que indicaba la presencia de compuestos de mercurio en varios productos, la cual daba lugar a residuos superiores al LD establecido en el Reglamento (CE) nº 396/2005.
Los recientes datos de seguimiento confirman que aún se detecta la presencia de compuestos de mercurio en algunos alimentos (frutos de cáscara, té, café, hierbas aromáticas y especias, setas carnes, etc.) por encima del LD.
Dado que los plaguicidas que contienen mercurio se han ido eliminando progresivamente desde hace más de 30 años en la Unión, puede considerarse que la presencia de mercurio en los alimentos se debe a la contaminación medioambiental. En consecuencia y para reflejar esta presencia medioambiental, la Comisión Europea ha publicado en fecha 18 de enero de 2018 el Reglamento (UE) 2018/73 de la Comisión, de 16 de enero de 2018, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los límites máximos de residuos de compuestos de mercurio en determinados productos.
Los nuevos LMR aplicables a estos productos se fijan como temporales en el anexo III del Reglamento (CE) nº 396/2005 y serán revisados teniendo en cuenta la información disponible en los diez años siguientes a la publicación del presente Reglamento.
AGROLAB GROUP dispone de la acreditación ISO 17025 para la cuantificación de mercurio en productos alimenticios.
Author: Dra. Isabel Gomez